Los profesores contratados contarán con las mismas
remuneraciones mensuales que un profesor nombrado en la primera escala
magisterial.
Además, recibirán subsidio por luto y sepelio,
bonificación por escolaridad, Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y licencia con goce de remuneraciones por el
fallecimiento de su cónyuge, padres o hijos.
Así lo establece el predictamen del Proyecto de Ley
2310/2017-CR, por el que se propone la modificación del artículo 2 de la Ley
30328, norma que establece medidas en materia educativa y dicta otras
disposiciones referidas a los derechos y beneficios de los docentes
contratados.
Este predictamen fue aprobado por unanimidad en la
Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República.
“Nuestros maestros son parte fundamental de la sociedad y
trabajar por una educación de calidad es también trabajar por ellos y por
nuestros niños. Los docentes contratados realizan las mismas labores que un
nombrado, por lo que no hay razón para que reciban un sueldo menor o carezcan
de algún beneficio”, aseguró la parlamentaria Paloma Noceda, presidenta de la
comisión.
La iniciativa legislativa multipartidaria deberá ser
debatida en el pleno del Congreso y, de ser aprobada, enviada al Poder
Ejecutivo.
Ese grupo de trabajo parlamentario aprobó también dos
proyectos de ley que incorporan a los profesores de Educación Básica que
laboran en las instituciones educativas de las Fuerzas Armadas y Policía
Nacional del Perú, en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial.
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