El Pleno del Congreso aprobó un proyecto de ley que
ordena que el descanso pre y posnatal sean considerados para calcular el
reparto de utilidades dentro de una empresa.
En favor de gestantes
La autógrafa de autoría de la legisladora de Fuerza
Popular, Liliana Takayama, modifica el Decreto Legislativo N° 892 que regula la
obligación del pago de las utilidades. De tal manera que los días de licencia
de las trabajadoras embarazadas se consideren como laborados.
Las trabajadoras gestantes tienen derecho a 98 días de
descanso prenatal y posnatal, lo cuales podrán acumularse a decisión de la
madre, y podrán disponer si goza la licencia de forma diferida, parcial o
totalmente y acumulado después del parto. En el caso de los futuros padres,
ellos gozan de cuatro días de licencia por paternidad.
La congresista Takayama confía que el Ejecutivo apoye
esta ley. “Estamos esperando que el Ejecutivo no observe (la ley aprobada),
pero si lo hiciera, quizá nosotros lo aprobemos por insistencia”. Si el
Gobierno no observa esta nueva normativa laboral entraría en vigor.
Por su parte, el
laboralista, Jorge Toyama, saludó la iniciativa en favor de las
trabajadoras embarazadas y tildó a la nueva norma como una "más social que
laboral".
El abogado indicó que esta norma en absoluto perjudica a
las empresas, y que sólo a los trabajadores en general "que no son
mamás", pero aclaró que el perjuicio es mínimo, muy bajo.
"Todas las mamás tienen derecho a 98 días de
licencia pre y posnatal por hijo, que hoy día no eran parte de las utilidades,
entonces estas mamás por ejercer su maternidad perdían un cuarto de utilidades
al año, por decir un número, y me parece que sí les debería corresponder, esta
es una norma más social que laboral.
Dijo que al Estado como país y a la sociedad en general
debe interesarnos tutelar y no perjudicar el ejercicio de la maternidad.
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