¡Atención padres de familia! "Nada puede condicionar
el pago de las matrículas escolares", advirtió la Asociación Peruana de
Consumidores y Usuarios (Aspec).
Crisólogo Cáceres, presidente de Aspec, aseguró que
cuando se matricula al escolar, el cobro solo debe ser por ese concepto y no
por otros adicionales como la pensión adelantada en el caso de los colegios
particulares. "Eso está prohibido por ley", indicó en RPP Noticias.
En cuanto a las
instituciones educativas estatales refirió que "es ilegal y raya en lo
delictivo" que condicionen la matrícula al pago de otra clase de aportes.
Dijo que estas irregularidades se pueden denunciar y el funcionario infractor
debe ser separado.
Cáceres sostuvo que los padres de familia no deben sufrir
más abusos. Detalló que:
- Ya no es exigencia los exámenes de admisión.
- Tampoco se puede exigir el pago a las Apafas
(Asociación de Padres de Familia).
- No se deben firmar documentos que autoricen a los
colegios el cobro posterior por otros conceptos.
- No debe haber cobro de moras y penalidades adicionales.
- No se debe pagar por bingos, quermeses u otras actividades.
- No se deben obligar a la compra de útiles en el colegio
o librerías señaladas.
De otro lado, el representante de Aspec recordó que
existe una ley de selección de textos escolares que estipula que los padres de
familia deben participar activamente en el proceso de elección.
¿Cómo denunciar?
Precisó que por tratarse de una institución pública, las
denuncias deben dirigirse a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).
En el caso de los colegios particulares, señaló que los
padres están respaldados por el Código de Consumidor y pueden denunciar ante el
Indecopi (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de
la Propiedad Intelectual).
Apuntó que en primer lugar deben sentar su queja en el
Libro de Reclamaciones del centro de estudios, lo cual –dijo- representa el
principal medio probatorio.
Otros medios probatorios son fotografías, filmaciones o
grabaciones de audio que puedan demostrar un cobro indebido.
Finalmente, señaló que las sanciones a las instituciones educativas
oscilan entre amonestaciones de 450 UIT (Cada Unidad Impositiva Tributaria
equivale a S/.3.800).
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