lunes, 21 de marzo de 2016

Declaran en emergencia sanitaria a San Martín y otras 13 regiones del país en prevención del dengue y chikungunya

El Ministerio de Salud (MINSA) declaró en emergencia sanitaria, por 90 días calendario, a 14 regiones del país, entre ellas a la región San Martín como medida de prevención para contrarrestar la proliferación de casos de dengue y chikungunya, a fin de fortalecer la prevención y la atención de las personas afectadas por estas enfermedades.
Así lo dispone Decreto Supremo Nº 014-2016-SA, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano que señala que esta declaratoria de emergencia sanitaria también tiene alcance en las regiones Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, Tumbes y Ucayali.
Esta medida sanitaria se adoptó en el marco de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-SA.
Asimismo, establece que corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud y a los Gobiernos Regionales realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el "Plan de acción para emergencia sanitaria por dengue y otras arbovirosis en distritos con epidemia y alto riesgo para la salud pública".

La norma también señala que los bienes y servicios que se requieran contratar para enfrentar esta emergencia sanitaria deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.
Los saldos de los recursos resultantes de la adquisición de los bienes podrán ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia para adquirir bienes del mismo listado, siempre y cuando no hayan podido completar las cantidades requeridas.
El mencionado decreto Supremo también dispone que las Direcciones o Gerencias Regionales de Salud de los departamentos declarados en Emergencia Sanitaria deberán elevar al Ministerio de Salud un informe semanal documentado de los avances respecto a las actividades ejecutadas.

Concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, las entidades llamadas a intervenir deberán informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156.

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