martes, 29 de agosto de 2017

Estos son los derechos que tienes como paciente ante una emergencia médica

La atención a un paciente que ingresa por emergencia a cualquiera de los hospitales de EsSalud o el Minsa no debe ser condicionada bajo ninguna circunstancia, dijo Eugenia Fernán, abogada de la Defensoría del Pueblo a Andina.
Si es que el ingreso significara un monto adicional, el pago deberá realizarse después de que la salud de la paciente sea recuperada. "No existe excusa para dejar de atender una emergencia. Además, el médico intensivista es el único responsable de decidir si pasa al UCI (Unidad de Ciudados Intensivos)", comentó.
Pero hay seis puntos claves que todo ciudadano debe conocer si es que lleva a un familiar o si es que se va a atender por una emergencia, como parte de la Ley 27604 que regula las atenciones:
1. Acceder a la información de primera mano.
2. Poder acompañar a su familiar durante el tiempo que permanezca en la emergencia o en cuidados intensivos si fuera el caso. También se podrá pedir la información del médico que atiende al paciente, el tratamiento que se le sigue y los medicamentos que le darán.
3. Exigir que se le trate con respeto al paciente, que no se le descubra el cuerpo completamente en público, que no se le hable de manera inapropiada y que reciba buen trato.

4. El familiar del paciente podrá acompañarlo durantes los exámenes e incluso en las cirugías si es que lo pide y el médico lo autoriza.
5. Si es que el ingresado está inconsciente, el familiar tiene derecho a recibir la información para autorizar alguna intervención posterior. En casos excepcionales, como llegar desangrado al hospital por ejemplo, la intervención será urgente.
6. Si es que el familiar observa que el paciente no es operado o que su cita es postergada, pese a la gravedad de su cuadro, deberá reclamar a la instancia de salud pertinente. Si es un centro de salud, al jefe del establecimiento; si es en un hospital, será a la Superintendencia de Salud (SuSalud) o a la Defensoría del Pueblo.

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