El pasado 7 de noviembre, la Sunat public贸 la Resoluci贸n de Superintendencia N潞 193-2020/SUNAT que modifica la normativa sobre emisi贸n electr贸nica en relaci贸n con la factura electr贸nica, el recibo por honorarios electr贸nico y la nota de cr茅dito electr贸nica. Esta norma entrar谩 en vigor desde el 1° de abril del 2021.
La norma no contempla excepciones, por lo que, es aplicable para todos los contribuyentes que emitan los comprobantes mencionados anteriormente.Recibo por honorarios electr贸nico:
a) Nuevos datos:
◦ Forma de pago (dato obligatorio):
Contado: Cuando se emite el recibo en el mismo momento que se recibe el pago.
Cr茅dito: Cuando se emite el recibo antes que se pague.
◦ Monto pendiente de pago (solo cuando el pago es al cr茅dito)
◦ Fecha de vencimiento del pago (solo cuando el pago es al cr茅dito)
Si el pago se realiza en varias cuotas, se debe consignar el monto de cada cuota y la fecha de pago.
El monto pendiente de pago es sin incluir las retenciones de 4ta, es decir, se consigna el monto que efectivamente se recibir谩.
b) Reversi贸n:
Se elimina el motivo: error en la descripci贸n o tipo del servicio prestado. Con lo cual, la reversi贸n solo es posible por:
◦ Error en la raz贸n social o nombres y apellidos; tipo y n煤mero de documento de identidad del usuario
◦ Tipo de renta que percibe
Tener en cuenta que: la reversi贸n es un s铆mil al anulado. Solo se puede revertir cuando no se han registrado pagos o no se ha emitido una nota de cr茅dito que modifique el recibo por honorarios a revertir.
c) Nota de cr茅dito:
Se agrega dos motivos m谩s de emisi贸n:
• Por error en la descripci贸n o tipo del servicio prestado
• Cuando se trate de pago al cr茅dito, por error en el monto pendiente de pago y fecha
Factura electr贸nica:
a) Nuevos datos relacionados con el pago:
• Forma de pago (dato obligatorio):
• Contado: Cuando el pago de la factura es en la misma fecha en la que se emite el comprobante.
• Cr茅dito: Cuando la factura se paga en fecha posterior a la emisi贸n.
• Datos adicionales cuando el pago es al cr茅dito:
◦ Monto neto pendiente de pago
◦ Fecha(s) de vencimiento del (los) pago(s)
◦ Monto del pago 煤nico o de las cuotas (si se paga en partes)
El monto neto pendiente de pago no incluye las retenciones del IGV, el monto del dep贸sito de detracciones y otras deducciones a las que pueda estar sujeto el comprobante de pago. Es decir, se considera solo el monto que efectivamente se va a pagar.
b) Nuevos datos relacionados con las retenciones del IGV (opcionales)
• Porcentaje de la retenci贸n
• Importe de la operaci贸n
• Importe de la retenci贸n
Tener en cuenta que: La inclusi贸n de estos datos en la factura no elimina la obligaci贸n de emitir el comprobante de retenciones. La norma no establece esa excepci贸n.
c) Se elimina de la factura el campo “fecha de vencimiento”
Nota de cr茅dito:
• Se incorpora un nuevo motivo de emisi贸n a la nota de cr茅dito especial:
Por error en el monto neto pendiente de pago, fecha de vencimiento de los pagos o pago 煤nico y monto de cada pago
Tener en cuenta que: la nota de cr茅dito especial tiene un plazo para su emisi贸n: hasta el 15 d铆a h谩bil del mes siguiente a la emisi贸n de la factura que se desea modificar. Las notas de cr茅dito por otros motivos se pueden emitir en cualquier momento, no existe plazo.
Nuevos plazos de env铆o a la Sunat:
Se establecen nuevos plazos para el env铆o de la informaci贸n a la Sunat:
a) DAE, el recibo electr贸nico SP y las notas y la Gu铆a de Remisi贸n Electr贸nica: 7 d铆as calendario contado desde el d铆a siguiente a la emisi贸n.
b) Factura y sus notas y la liquidaci贸n de compra electr贸nica: 1 d铆a (hasta el d铆a siguiente a la emisi贸n)
En TCI ya estamos trabajando en la implementaci贸n de una soluci贸n que permitir谩 cumplir con esta nueva exigencia tributaria. Mientras tanto, seguiremos reuni茅ndonos con nuestros clientes y partners para mantenerlos informados y siempre estar un paso adelante de las normativas.
Revise norma completa AQU脥
https://www.tci.net.pe/.../modifican-la-normativa-sobre...
Fuente: https://efacturacion.pe
a) Nuevos datos:
◦ Forma de pago (dato obligatorio):


◦ Monto pendiente de pago (solo cuando el pago es al cr茅dito)
◦ Fecha de vencimiento del pago (solo cuando el pago es al cr茅dito)
Si el pago se realiza en varias cuotas, se debe consignar el monto de cada cuota y la fecha de pago.
El monto pendiente de pago es sin incluir las retenciones de 4ta, es decir, se consigna el monto que efectivamente se recibir谩.
b) Reversi贸n:
Se elimina el motivo: error en la descripci贸n o tipo del servicio prestado. Con lo cual, la reversi贸n solo es posible por:
◦ Error en la raz贸n social o nombres y apellidos; tipo y n煤mero de documento de identidad del usuario
◦ Tipo de renta que percibe
Tener en cuenta que: la reversi贸n es un s铆mil al anulado. Solo se puede revertir cuando no se han registrado pagos o no se ha emitido una nota de cr茅dito que modifique el recibo por honorarios a revertir.
c) Nota de cr茅dito:
Se agrega dos motivos m谩s de emisi贸n:
• Por error en la descripci贸n o tipo del servicio prestado
• Cuando se trate de pago al cr茅dito, por error en el monto pendiente de pago y fecha
Factura electr贸nica:
a) Nuevos datos relacionados con el pago:
• Forma de pago (dato obligatorio):
• Contado: Cuando el pago de la factura es en la misma fecha en la que se emite el comprobante.
• Cr茅dito: Cuando la factura se paga en fecha posterior a la emisi贸n.
• Datos adicionales cuando el pago es al cr茅dito:
◦ Monto neto pendiente de pago
◦ Fecha(s) de vencimiento del (los) pago(s)
◦ Monto del pago 煤nico o de las cuotas (si se paga en partes)
El monto neto pendiente de pago no incluye las retenciones del IGV, el monto del dep贸sito de detracciones y otras deducciones a las que pueda estar sujeto el comprobante de pago. Es decir, se considera solo el monto que efectivamente se va a pagar.
b) Nuevos datos relacionados con las retenciones del IGV (opcionales)
• Porcentaje de la retenci贸n
• Importe de la operaci贸n
• Importe de la retenci贸n
Tener en cuenta que: La inclusi贸n de estos datos en la factura no elimina la obligaci贸n de emitir el comprobante de retenciones. La norma no establece esa excepci贸n.
c) Se elimina de la factura el campo “fecha de vencimiento”
Nota de cr茅dito:
• Se incorpora un nuevo motivo de emisi贸n a la nota de cr茅dito especial:
Por error en el monto neto pendiente de pago, fecha de vencimiento de los pagos o pago 煤nico y monto de cada pago
Tener en cuenta que: la nota de cr茅dito especial tiene un plazo para su emisi贸n: hasta el 15 d铆a h谩bil del mes siguiente a la emisi贸n de la factura que se desea modificar. Las notas de cr茅dito por otros motivos se pueden emitir en cualquier momento, no existe plazo.
Nuevos plazos de env铆o a la Sunat:
Se establecen nuevos plazos para el env铆o de la informaci贸n a la Sunat:
a) DAE, el recibo electr贸nico SP y las notas y la Gu铆a de Remisi贸n Electr贸nica: 7 d铆as calendario contado desde el d铆a siguiente a la emisi贸n.
b) Factura y sus notas y la liquidaci贸n de compra electr贸nica: 1 d铆a (hasta el d铆a siguiente a la emisi贸n)
En TCI ya estamos trabajando en la implementaci贸n de una soluci贸n que permitir谩 cumplir con esta nueva exigencia tributaria. Mientras tanto, seguiremos reuni茅ndonos con nuestros clientes y partners para mantenerlos informados y siempre estar un paso adelante de las normativas.
Revise norma completa AQU脥

https://www.tci.net.pe/.../modifican-la-normativa-sobre...
Fuente: https://efacturacion.pe
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