El Colegio de Ingenieros
del Perú (CIP), está en un momento democrático. Este 25 de noviembre se
realizan las elecciones para Consejo Nacional, para Consejos departamentales y
capítulos. Por primera vez, esta elección de representantes será para un
periodo de tres años.
La Ley 14086, del 8 de
junio de 1962, CREA el Colegio de Ingenieros del Perú, firmada por el
Presidente Manuel Prado.
El 20 de enero de 1987, el
Congreso de la República publica la Ley 24648, que deroga la Ley 14086 y
DECLARA el DÍA DEL INGENIERO el 8 de JUNIO; además, amplía los conceptos de la
Ingeniería, la estructura del Colegio y el tema de las rentas.
La Ley 16053, del 8 de
febrero de 1966, suscrita por el Presidente Constitucional Fernando Belaunde
Terry, autoriza al Colegio de Arquitectos y de Ingenieros, la SUPERVISIÓN A LOS
PROFESIONALES DE ARQUITECTURA Y DE INGENEIROS; además que “velarán porque estas
actividades se desarrollen dentro de las normas de Ética Profesional”. También
indica con meridiana claridad, que “los Títulos de
Finalmente la Ley 28858 del
27 de julio del 2006, suscrita por el Presidente Constitucional del Perú
Alejandro Toledo, complementa la Ley Nº 16053, que autoriza a los Colegios de
Arquitectos del Perú y al Colegio de
Ingenieros del Perú para supervisar a los profesionales de Arquitectura e
Ingeniería de la República.
Bajo el amparo de este
marco jurídico, este 25 de noviembre se realizará las elecciones en los 28
Consejos Departamentales del País. ¿Por qué 28? Porque en los departamentos de
Ancash, Huánuco y San Martín, existen dos Consejos departamentales; en Ancash,
además de Huaraz, hay en Chimbote; en Huánuco también hay en Tingo María; y en
San Martín, además de Moyobamba hay en Tarapoto.
El autor de esta nota está participando
de esta fiesta democrática con el Nº 6 para DECANATURA y con el 8 para
capítulos.(Por: Ing. Luís A. Ordóñez Sánchez)
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