No se sancionará con cárcel a personas que tengan sexo con adolescentes de entre 14 y 18 años.
DEMANDA FUNDADA. Pedido de inconstitucionalidad fue presentado por más de 10 mil ciudadanos. (USI)
Las relaciones sexuales consentidas con menores de entre 14
y 18 años ya no serán sancionadas con cárcel. El Tribunal Constitucional (TC)
declaró fundada una demanda de inconstitucionalidad contra la norma que
penalizaba estos casos, los cuales eran considerados delitos de violación.
La resolución precisa que la sentencia no implica la
excarcelación de los que ya recibieron una condena.
Además, la declaratoria determina que no habrá sanción penal
“en los casos en trámite o terminados en los que se acredite el consentimiento
fehaciente y expreso, mas no dudoso o presunto,” de los adolescentes.
SIN SANCIÓN
Según el colegiado, la demanda fue presentada por 10,609
ciudadanos a fin de que se deje sin efecto el artículo 1 de la Ley 28704, que
modificaba el inciso 3 del artículo 173 del Código Penal.
Al respecto, el abogado penalista Mario Amoretti explicó que
de esta manera se despenaliza el sexo consentido entre adolescentes. “Hay una
gran cantidad de presos por violación que, en realidad, tuvieron sexo con sus
enamoradas de 17 años o menos”, afirmó.
Ante ello, el especialista saludó la decisión del Tribunal Constitucional.
RECHAZO DE LA IGLESIA
Por otro lado, el presidente de la Conferencia Episcopal
Peruana, Salvador Piñeiro, rechazó la declaración de inconstitucionalidad de la
norma.
Dijo que la medida podría originar el inicio prematuro de la
vida sexual entre los menores, así como incrementar la paternidad no
responsable, el aborto y el libertinaje.
TENGA EN CUENTA
- El TC aseguró que se acreditó la vulneración del derecho
al libre desarrollo de la personalidad de los adolescentes. Pidió que el
Congreso siga legislando sobre los derechos de los menores.
- La ONG Acción por los Niños se mostró a favor de la
mencionada resolución.(Fuente: Perú21.PE)
R.Pereyr@
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