Un aguinaldo de hasta 300 soles por Fiestas Patrias
recibirán los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen
del Decreto Legislativo Nº 276; y los obreros permanentes y eventuales del
sector público.
También recibirán la asignación el personal de las
Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; así como los pensionistas a cargo del
Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, Decretos Ley Nº 19846
y Nº 20530, Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
Según el Decreto Supremo N° 163-2013-EF, el aguinaldo se
abona por única vez en la planilla de pagos del mes de julio de 2013.
Precisa que tienen derecho a percibir los hasta 300 soles
quienes cumplan con haber estado laborando al 30 de junio del presente año o en
uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o
percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley N° 26790, Ley de
Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Asimismo, deberán obtendrán la gratificación los
trabajadores con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio del
presente; caso contrario se les abonará en forma proporcional a los meses
laborados.
El dispositivo precisa que en el caso de los internos de
Medicina humana y Odontología, ellos recibirán 100 soles como aguinaldo por
Fiestas Patrias.
El decreto está
refrendado por el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, y el
ministro de Economía, Luis Miguel Castilla.
Fuente: http://www.rpp.com.pe
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